• www.escuelanidodecisnes.cl

Centro de Estudiantes 2022

Reglamento Interno del Centro de Alumnos

Basado en el Reglamento  General  de  organización  y  funcionamiento  de  los  Centros  de  Alumnos  de Establecimientos   Educacionales   de   Segundo   Ciclo   Básico reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación. (DECRETO N° 524 – 1990 // Reformulado 2006).

 Título I

Funciones del Centro de Alumnos

Artículo 1°

Las Funciones del Centro de Alumnos son las siguientes:

  1. a) Promover la creación  e incremento de oportunidades  para  que  los alumnos manifiesten democráticamente y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones.
  2. b) Promover en  el  alumnado  la  mayor  dedicación  a  su  trabajo  escolar,  procurando  que  se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes, basada en el respeto mutuo.
  3. c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades establecidas en el presente decreto.
  4. d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante el Consejo Escolar y las autoridades u organismos que correspondan.
  5. e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo.
  6. f) Promover el ejercicio de los derechos estudiantiles y los derechos humanos universales a través de sus organismos, programas de trabajo y relaciones interpersonales.
  7. g) Designar sus representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro se relacione de acuerdo con su Reglamento Interno.
  8. h) Conocer, cumplir y difundir el cumplimiento del Reglamento Interno del Colegio.
  9. i) Mantener un diálogo constructivo y constante con todos los miembros de la comunidad escolar y los diversos estamentos que la componen : Dirección, Profesorado, Centro de Padres   y  Apoderados,  para  manifestar  inquietudes,  sugerencias  y/o  peticiones  del estudiantado que favorezcan el trabajo escolar  y un adecuado ambiente educativo.
  10. j) Organizar, coordinar y ejecutar diversas actividades culturales, recreativas, y de bienestar social para el estudiantado.
  11. k) Representar oficialmente al alumnado ante organizaciones estudiantiles, con las cuales el Colegio se relacione, en conformidad a su Reglamento.

Título II

De la organización y funcionamiento del Centro de Alumnos

Artículo 2°

El Centro de Alumnos de la Escuela Nido de Cisnes se estructurará, con los siguientes organismos:

  1. a) La Asamblea General
  2. b) La directiva
  3. c) Las Directivas y Delegados de Curso.
  4. d) El Consejo de Curso.
  5. e) La junta Electoral.

De la Asamblea General

Artículo 3°

La   Asamblea   General   estará   constituida   por   todos   los   alumnos   del   establecimiento pertenecientes al segundo ciclo de enseñanza básica de 5º a 8º año básico. Correspondiéndole lo siguiente:

  1. a) Convocar a elección del Centro de Alumnos.
  2. b) Elegir la Junta Electoral.
  3. c) Elegir a los representantes del Centro de alumnos.
  4. d) Aprobar el Plan anual del Centro de alumnos.
  5. e) Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva y de los Consejos de Curso.

De la  Directiva del Centro de Alumnos

Articulo 4°

Conformación de la Directiva del Centro de Alumnos de la Escuela Chovi San Juan:

  • Presidente
  • Vice – Presidente
  • Secretario
  • Tesorero

La  Directiva  del  Centro  de  Alumnos  será  elegida  anualmente  en  votación  universal, unipersonal.

Funciones:

  1. a) Dirigir y administrar el centro de Alumnos en todas aquellas materias de su competencia.
  2. b) Elaborar y ejecutar el Plan Anual de Trabajo del Centro de Alumnos.
  3. c) Representar al centro de Alumnos ante la Dirección del establecimiento, el Consejo de Profesores, el Centro de Padres y Apoderados. En el  caso del Consejo Escolar se representará a través del presidente.
  4. e) Presentar al  Consejo  de  Delegados  de  Curso,  antes  de  ser  presentado  a  la  Asamblea General y antes de finalizar su mandato, una cuenta anual de las actividades realizadas.
  5. f) Convocar al  menos   dos veces  al  semestre a reuniones.

Rol específico de cada integrante de la Directiva:

Presidente. 

Son atribuciones del Presidente del Centro de Alumnos, las siguientes:

  1. Representar al  alumnado  en  las  sesiones  del    Consejo  de Profesores  y  en  los  Consejos  Escolares.
  2. Convocar a reuniones de la Directiva del Centro de Alumnos.
  3. Convocar y  presidir  la  primera  y  última  Asamblea  General Ordinaria del año lectivo, para dar a conocer: en la primera, el Plan Anual de Trabajo, y en la última, el Balance de la gestión del Centro de Alumnos.
  4. Representar al Centro de Alumnos ante la Comunidad.

Vice  Presidente 

Son atribuciones del Vicepresidente:

  1. Reemplazar al  Presidente  en  sus  funciones  en  caso  de ausencia temporal.
  2. b) Trabajar de la mano con el Presidente y Profesor Asesor, para lo que se estime conveniente.

Secretario

Son atribuciones del Secretario:

  1. Redactar actas  de  cada  sesión  del  Centro  de  Alumnos  y Asamblea General. Éstas deberán ser leídas al inicio de la sesión siguiente, pudiendo ser objetadas y/o aprobadas.

Tesorero:

Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

  1. Administrar los  fondos  del  Centro  de  Alumnos.
  2. Mantener al día el Libro de Cuentas.
  3. Entregar Balances en Asambleas Generales Ordinarias.

Del Consejo de Delegados de Curso

Articulo 5°

  1. a) El presidente del Consejo de curso será por derecho propio uno de estos delegados.
  2. b) Por ende los Presidentes de los cursos de 5º a 8º conformarán el Consejo de delegados.
  3. b) Los delegados no podrán ser miembros de la Directiva del Centro ni de la Junta Electoral.
  4. c) El Consejo de Delegados de Curso será presidido por el Presidente del Centro de Alumnos y se reunirá 4 veces en el año.

Corresponde al Consejo de Delegados de curso:

  1. a) Elaborar el Reglamento Interno del Centro de Alumnos y someterlo a aprobación ante la Asamblea General.
  2. b) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y el Presupuesto elaborado por la Directiva del Centro.
  3. c) Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos con el fin de impulsar las que estime más convenientes.
  4. d) Determinar las formas de financiamiento del Centro de Alumnos.
  5. e) Servir de  organismo  informativo  y  coordinador  de  las  actividades  de  la  Directiva  y  los Consejos de Curso.
  6. f) Proponer a la Directiva la afiliación del Centro a aquellas organizaciones estudiantiles de se deseen formar parte o, en caso contrario, la desafiliación de aquellas en que se está participando.
  7. g) Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro de Alumnos.
  8. h) Pronunciarse sobre  la  cuenta  anual  y  el  balance  que  le  debe  presentar  la  Directiva  del Centro de Alumnos e informar de ella a la Asamblea General antes de que ésta proceda a la elección de la mesa directiva.
  9. i) Determinar las medidas disciplinarias que corresponda aplicar a los miembros del Centro, de acuerdo con lo estipulado en el reglamento Interno. Las sanciones que se apliquen sólo podrán consistir en medidas que afecten su participación como miembro del Consejo, no pudiendo, en caso alguno significar la exclusión del Centro de Alumnos.

  Del Consejo de Curso.

Se  define  como  el  organismo  base  del  Centro  de  Alumnos;  lo  integran  los alumnos  del curso respectivo que organizarán  democráticamente,  bajo la  tutela del Profesor Jefe, la elección de su Directiva y elegirán a los representantes ante el Consejo de los Delegados del curso.

  1. Cada Consejo de curso elegirá su directiva que estará compuesta, como mínimo por: un Presidente,  un  Vicepresidente,  un  Secretario,  un  Tesorero.

 

De la Junta Electoral 

Artículo 6°

  1. Lo integrarán 3 estudiantes de la Asamblea General.
  2. Los integrantes del Tribunal deberán serán elegidos por el Profesor Asesor del Centro.
  3. Organizarán el proceso eleccionario en todas sus fases.

De las elecciones   

De la presentación de listas. 

  1. Cada curso de 5º a 8º año presentarán sus listas.
  2. Los cargos serán repartidos internamente por los representantes de las listas:

De los Requisitos.         

  1. La lista ganadora será la que obtenga mayor cantidad de votos.
  2. Podrán votar los alumnos de 2° a 8° año básico.

Título III

De los Asesores del Centro

Artículo 7°

  1. Podrán ser Profesores Asesores del Centro de Alumnos del Colegio:
  2. Docentes titulados.
  3. Profesores que tengan a lo menos tres años de ejercicio docente.
  4. Profesores con  desempeño  en  el  establecimiento  durante  un  período  no inferior a 1 años.
  5. Serán  elegidos  Profesores  Asesores  quienes  el  Director del  Establecimiento designe.
  1. Los profesores asesores cumplirán las siguientes funciones:
  2. Asesorar la organización y desarrollo de las actividades del Centro de Alumnos, orientándolas hacia el logro de los objetivos.
  3. Velar porque  las  acciones  del  Centro  de  Alumnos  se  enmarquen dentro del Reglamento Interno del Colegio y del PEI.
  4. Estudiar y  asistir  los  planes  de  trabajo  y  documentos  preparados por los distintos organismos del Centro de Alumnos.
  5. Facilitar la comunicación entre el Centro de Alumnos y los otros estamentos de la Comunidad Escolar.

Título IV

Incumplimientos:

Artículo 8

Los  miembros  de  la  Directiva  del  Centro  de  Alumnos y  Asamblea General, serán removidos de sus cargos en caso de:

  1. Perder la calidad de alumno regular del Establecimiento.
  2. Faltar gravemente al Reglamento Interno del Colegio.
  3. No asistir a las reuniones, sin justificación, con respecto a la Asamblea General.
  4. Renuncia voluntaria  por  traslado  de  colegio,  enfermedad  u  otros  motivos  de índole personal.
  5. Se amonestará verbalmente aquellos delegados y/o integrantes de la Directiva y de la Asamblea General que falten sin justificación y no dejen reemplazante y de reiterarse la falta serán removidos de su cargo.
  6. La Directiva del Centro de Alumnos y el profesor Asesor se encargará de reemplazar, a la brevedad, los cargos vacantes, respetándose el orden jerárquico.

Cualquier modificación debe ser aprobada por el Director del establecimiento Sr: Claudio Muñoz Miranda. 

Link partner: slot5000 gaspol168 liga play sky77 zeus138 hoki99 kaisar888 bro138 koko303 situs toto togel idn slot roman77 boss88 king168 138 slot mantap138 kaisar138 indobet gbo338 hoki368 aladin138 elanggame luxury138 gen77 idncash qqalfa idngg dewagg